Las pastillas “del día después” son ilegales y su venta debería de ser sancionada

Desde el momento que se consumen fármacos abortivos se comete el delito de asesinato y es aquí donde debe de resonar el quinto mandamiento: ¡No matarás!

0
593

La vida humana debe de ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocido sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida” reza el capítulo 5 numeral 2270 del Catecismo de la Iglesia Católica.

Todo este apartado se encierra en el libro del Éxodo 20, 13 en donde tajantemente Dios, en el quinto mandamiento dice: “No matarás”. Y es que quitarle la vida a un inocente que ni siquiera ha visto la luz, pero que su corazón ya palpita en el vientre de su madre, es nuevamente un tema que ha sido llevado a la palestra pública y la forma de querer desaparecer esos latidos, es por medio de las llamadas Pastillas Anticonceptivas de Emergencia (PAE).

Estos “ruidos” de la sociedad nos hacen recordar el adagio popular que dice: “Cuando el río suena, es porque piedras trae”, esto, porque hace unos días atrás el titular de la Secretaría de Salud, el doctor José Manuel Matheu, manifestó que se estaría aprobando este medicamento abortivo en Honduras, en especial para las personas que han sido violadas. “Solo estamos analizando las líneas del protocolo de salud, para aprobarlo y, además, porque el país es el único de América Latina que no la ha legalizado”, indicó el funcionario.

Aclaración

En sus declaraciones el secretario en los despachos de Salud, afirmó que ya había sostenido pláticas con los obispos del país, sin embargo, la Conferencia Episcopal de Honduras (C.E.H), emitió una nota aclaratoria en donde indica puntualmente: “En vistas a que en algunas publicaciones de los medios de comunicación del país se ha especulado respecto de la posición de la Iglesia frente al uso de la “Píldora de Emergencia” (PAE), hacemos del conocimiento público que NO HA VARIADO en absolutamente nada la postura de defensa y respeto a la vida humana, desde su concepción hasta su término natural y que la pastilla en cuestión sigue siendo categóricamente considerada como abortiva”.

Respeto

En tal sentido, el padre Javier Martínez, master en biótica y moral, señaló que la Iglesia siempre estará en amparo de la vida y esta debe de respetarse. “La defensa por la vida viene desde el momento de la concepción, por lo tanto, debe de respetarse y todo aquello que atente contra la unión ya establecida entre el óvulo y espermatozoide, es considerado una experiencia abortiva”, recalcó el presbítero Martínez. Además, destacó que con solo la intención de pensar en ingerir esta pastilla se está pensando en matar, y recalcó que no entiende por qué vuelve a salir este tema, si además está blindado por la misma Constitución.

Por su parte, la fundadora del Comité Provida, Marta Lorena de Casco, ha señalado que esta acción de volver a pensar en legalizar este medicamento, sería retornar años atrás donde la pastilla se vendía como “confites”. “La PAE es el abortivo farmacéutico en las primeras horas de vida y la Constitución de la República lo tiene escrito en el decreto 192-2020, en su artículo 67. No hay razón para volver a escenarios que ya se han discutido”, manifestó.

Sanción

Este decreto en la Constitución de la República, comprueba que se considera ilegal la práctica de cualquier forma de interrupción de la vida, por lo tanto, la variedad de pastillas llamadas “del día después”, deberán de ser prohibidas su venta y distribución. Como Semanario FIDES, llegamos a una farmacia, de la cual omitiremos su nombre, pero en la que constatamos que estos fármacos abortivos son vendidos sin ningún problema y las encargadas del negocio proporcionan con mucha serenidad, el precio, la marca y las indicaciones de cómo se deben ingerir.

Por su parte, el abogado, Raúl Paniagua, explicó que sí una droguería u otros lugares están vendiendo estas pastillas que son ilegales, cometen un delito contra la salud, el cual es penado por la ley y entre las sanciones que se deberían aplicar, una vez que se compruebe esta falta son: multas, cierre del lugar o en su defecto la cárcel.

 73 MILLONES

De abortos se practican al año en todo el mundo, datos que proporciona la Organización Mundial de la Salud. En Honduras no hay un dato exacto o aproximado de cuántos de estos crímenes se dan.

6 AÑOS

De prisión podría cumplir una mujer que provoque el aborto, o al profesional que lo practique, esto según el Código Penal hondureño.

2021 AÑO

En el que desde el Congreso Nacional, se blindó la intención de practicar cualquier tipo de aborto, convirtiendo a Honduras en un “Santuario de la vida”.

Decreto 192-2020, Artículo 67

Este decreto de la Constitución de la República, detalla que “Se considera prohibida e ilegal la práctica de cualquier forma de interrupción de la vida por parte de la madre o un tercero al que está por nacer, a quien debe respetársele desde su concepción”.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí