La definición clásica de justicia desarrollada por Santo Tomás, expresa que hay que dar a cada uno lo suyo. Esto sirve como base del pensamiento social cristiano a partir de la cual pueden comprenderse las nociones de los derechos. “La justicia siempre se dirige hacia el bien de otro, se dirige hacia el bien común de todos esos asuntos que conciernen a los individuos particulares”, apunta el santo.
En la tradición católica, también se le ha llamado justicia general, justicia legal y justicia social. Santo Tomás distingue dos especies de justicia: la justicia distributiva y la justicia conmutativa. La primera habla sobre distribuir los bienes proporcionalmente de acuerdo a la contribución de casa persona y la segunda es la que gobierna las relaciones entre las personas. Es la habilidad de intercambiar libre y abiertamente, lo que se convierte en un factor importante en la distribución justa de los bienes.
Este santo considera que la equidad es necesaria. En tales casos, si la ley se aplicara en sentido literal, podría atentarse contra el derecho natural.
El pensamiento de Santo Tomás, termina por desarrollar la verdad propuesta y manifiesta que lo equitativo es algo justo y mejor aún que lo justo legal. Por eso esta santo puntualiza que es necesario que, después de dada la ley, se imparta un decreto judicial mediante el cual lo dicho por la normativa universal sea aplicado a un asunto particular.