Este día en sesión virtual, el Congreso Nacional con la cantidad de 86 votos a favor, aprobó el proyecto “Escudo contra el aborto en Honduras”, con el que se blinda el artículo 67 de la Constitución de la República, en el que se expresa que: Al que está por nacer se le considerará nacido para todo lo que le favorezca dentro de los límites establecidos por la Ley.
La discusión se llevó a cabo en medio de algunos desacuerdos de varios diputados, que consideraron que no se socializó de forma más amplia, lo que generó dudas a los participantes en el pleno parlamentario.
El proyecto de modificación constitucional en defensa de la vida humana también plantea que, en caso de que se apruebe una nueva Constitución, el artículo deberá ser incorporado salvo rechazo unánime de la Asamblea Constituyente.
El artículo 67 quedaría redactado de la siguiente manera:
Al que está por nacer se le considerará nacido para todo lo que le favorezca dentro de los límites establecidos por la Ley.
Se considera prohibida e ilegal la práctica de cualquier forma de interrupción de la vida del que está por nacer, a quien debe respetarse la vida en todo momento. Serán nulas e inválidas las disposiciones legales que establezcan lo contrario.
Lo dispuesto en el presente Artículo sólo podrá reformarse por una mayoría de tres cuartas partes de los miembros del Pleno del Congreso Nacional.
Sus disposiciones no perderán vigencia o dejarán de cumplirse cuando sea supuestamente derogado o modificado por otro concepto constitucional.
En caso de aprobarse una nueva Constitución sus disposiciones serán incorporadas a la misma, salvo que por unanimidad de la Asamblea Constituyente se establezca lo contrario.