El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) en el ejercicio de su mandato constitucional con independencia funcional, técnica y de criterio; ante la rotación de la presidencia y coordinación de las Salas de la Corte Suprema de Justicia, se pronuncia en los términos siguientes:
1.El CONADEH recuerda que el Estado de Derecho se asienta en tres principios fundamentales, siendo éstos: a) el principio de la limitación del poder, que se concreta en la distribución constitucional del poder; b) el principio de legalidad, que establece que los órganos del Estado deben estar y actuar sometidos a la ley; y, c) el principio de la declaración de los derechos fundamentales de todas las personas.
2.Es a través de estos principios que, la Corte Suprema de Justicia ejercita su mandato de aplicar una administración de justicia eficiente, independiente y autónoma para el fortalecimiento de la democracia. Esto incluye a su vez, el mandato especial atribuido a la Sala de lo Constitucional, a la cual le corresponde la jurisdicción constitucional; es decir, someter a su conocimiento el Recurso de Habeas Corpus, el Recurso de Amparo, el Recurso de Revisión; y, sobre todo, el Recurso de Inconstitucionalidad por leyes que contravienen la norma suprema de la nación.
3.Además, el Poder Judicial y, por consiguiente, la Corte Suprema de Justicia, es el Poder del Estado configurado para limitar los abusos de autoridad provenientes del resto de las y los funcionarios públicos; garantizar la legalidad de los actos de la administración estatal; y, proteger efectivamente los derechos de todas las personas.
4.Por tanto, el CONADEH recomienda a las y los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia aplicar a todos sus actos y decisiones, la Constitución de la República, los estándares internacionales más actualizados sobre el funcionamiento de las Altas Cortes, su reglamento interno y los principios en los cuales descansa el Estado de Derecho y la democracia.